Tras años de difusión de bocas de urnas, TSJE “decide” hoy recordar prohibición
“Lo que hicimos es recordar la ley, esa es obligación de la prensa conocer la ley vigente desde 1996, el Código electoral que prohíbe la boca de urna hasta una hora después”, expresó Luis Alberto Mauro, en una entrevista con Gen-Nación Media.
Reconoció que, las redes sociales son “tierra de nadie” y que, al no estar reguladas por ley, ninguna de las prohibiciones electorales se aplica a las mismas. Indicó que, en todo caso, es el Parlamento el que debe crear la legislación.
Durante prácticamente todas las elecciones de la era democrática, todos los medios de comunicación utilizaron la boca de urna como mecanismo informativo, a lo largo de la jornada eleccionaria.
La Corte Suprema de Justicia hizo lugar a la suspensión de los artículos 305, 306 y 329 del Código Electoral a favor de Nación Media, en relación a la difusión de los números que marcan las tendencias en las urnas.
La decisión continuará vigente hasta tanto la máxima instancia judicial se pronuncie en sentido contrario a lo resuelto en el amparo.
